La sexta prórroga del Decreto de Emergencia Económica amplía las facultades del Ejecutivo permitiendo incrementar la unidad tributaria 2017.
La sexta prórroga del Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica, que circuló en la Gaceta Oficial 41074, amplía aún más las facultades del Ejecutivo y le resta más poderes a la Asamblea Nacional. En ese sentido, permite que el Seniat incremente la unidad tributaria 2017, sin la necesidad de que sea aprobado por la Asamblea Nacional.
La normativa repite varios de los artículos que se encuentran en los textos previos y agrega numerales nuevos, entre ellos el 12 del artículo 2, el cual dispone que la administración tributaria podrá reajustar la unidad tributaria 2017 con base en los análisis técnicos que correspondan, prescindiendo de cualquier trámite que involucre a otros poderes públicos, cuando estos se encuentren inhabilitados legal o judicialmente para hacerlo.
El artículo contradice lo dispuesto en la Ley Orgánica de Administración Financiera, que establece que la Asamblea Nacional es la que debe aprobar el porcentaje de aumento de la UT, afirmó el diputado José Guerra, nuevo presidente de la Comisión de Finanzas y Desarrollo Económico.
El parlamentario recordó que el año pasado, el Seniat entregó al Poder Legislativo una propuesta de aumento de la UT que la llevaba de 150 bolívares a 177 bolívares, representando un alza de 18%, no obstante la Asamblea Nacional desestimó el incremento por considerar que el monto no se correspondía con la inflación del año anterior; sin embargo, el órgano tributario igual lo aumentó.
Pero ahora la situación es distinta, porque el Decreto de Emergencia Económica le da base legal a lo que ocurrió el año pasado y además le permite al Ejecutivo, según los numerales 6 y 8 del artículo 2, seguir suscribiendo contratos de interés público y autorizar operaciones de financiamiento sin someterse a las revisiones de la Asamblea.
Para el parlamentario José Guerra, con la aprobación de esta normativa el Gobierno lo que busca es evitar que le controlen los gastos y el endeudamiento.
“La Asamblea no aprobó la prórroga del decreto y queremos reiterar que cualquier endeudamiento que no sea aprobado por el Parlamento, tal como lo establece la constitución, es nulo y será declarado nulo. Quienes lo ejecuten van a tener que asumir la responsabilidad”, aseveró Guerra.
Por último aseguró que los organismos multilaterales que se rigen por el ordenamiento legal saben que no puede haber financiamiento sin que el Poder Legislativo lo apruebe.