La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó la sentencia del TSJ Venezuela, alegando que estas decisiones constituyen una usurpación de las funciones del Poder Legislativo.
Para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la sentencia del TSJ Venezuela, significa una anulación de facto del voto popular mediante el cual fueron elegidos los diputados de la Asamblea Nacional. Recordó que el 28 y 29 de marzo de 2017 la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió dos decisiones a través de las cuales levanta las inmunidades parlamentarias a los diputados de la Asamblea Nacional, establece que sus actos constituyen traición a la patria, otorga al Poder Ejecutivo amplísimos poderes discrecionales, y, por otra parte, arrogándose las competencias del Poder Legislativo, decidió que dichas competencias serán ejercidas directamente por la Sala Constitucional o por el órgano que dicha sala disponga. Además establecen otras afectaciones al funcionamiento de un Poder Legislativo independiente en Venezuela.
La Comisión condena categóricamente esta grave injerencia del Poder Judicial en la Asamblea Nacional y urge al Estado venezolano a restablecer la independencia y separación de poderes del Estado. La CIDH expresa su absoluta preocupación ante decisiones mediante las cuales el Tribunal Supremo de Justicia ha asumido funciones y decisiones sobre asuntos políticos y legislativos que son ajenos a la función judicial, afectando el rol de la Asamblea Nacional y su representación popular.
La CIDH apuntó que estas dos decisiones presentan un riesgo para la vigencia de los Derechos Humanos y de principios democráticos básicos, por la concentración de poder en el Ejecutivo y el Judicial y la vulneración del principio de separación de poderes en un sistema democrático.
En ese sentido, La Comisión Interamericana condena el uso del derecho penal -del delito tipificado como traición a la patria-, como un medio para silenciar, intimidar y criminalizar la crítica al Gobierno realizada por los diputados de la Asamblea Nacional. Adicionalmente, la Comisión observa que la primera decisión del Tribunal Supremo de Justicia dota al Presidente de la República de poderes discrecionales, que través de un lenguaje amplio y ambiguo permite la adopción de medidas de toda índole.
La Comisión le ha expresado y reitera a Venezuela la necesidad de garantizar a la ciudadanía y a los grupos políticos organizados el derecho a la participación política y a libertad de expresión sin temor a represalias, permitiendo y fomentando un debate público plural, amplio y robusto.
La CIDH urge al Gobierno venezolano a respetar la separación de poderes, el principio de representación popular y las competencias que la constitución confiere a cada órgano, garantía indispensable de un régimen democrático y del Estado de Derecho. En particular, la Comisión urge al Estado a cumplir con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, respetar y garantizar el funcionamiento independiente de los poderes públicos y a la participación en la vida política en el país de todos los sectores.
La CIDH se pone a disposición para colaborar con el Estado de Venezuela en el marco de su mandato y funciones a fin de respetar el orden constitucional y democrático en el país.