Fueron publicadas las normas del CNE que regirán la campaña electoral que arrancó este jueves 23 de noviembre en todo el país.
El ente electoral publicó este jueves las normas del CNE que regirán la campaña electoral, que arrancó este jueves de cara a las elecciones municipales, a celebrarse el 10 de diciembre. Dichas normas del CNE, contenidas en un documento publicado en la página web del Poder Electoral, indica que la fase de campaña cerrará a la medianoche del próximo 7 de diciembre. Asimismo, indican que la difusión de la propaganda electoral solo podrá ser contratada por los partidos políticos y por los candidatos. Esos contratos serán convenidos con los prestadores de servicios de televisión pública y privada, y deben cumplir ciertas condiciones.
Los prestadores de servicios por televisión en señal abierta nacionales y regionales podrán difundir piezas de propaganda durante un tiempo máximo de tres minutos diarios, no acumulables. En los prestadores por suscripción, se podrá difundir propaganda electoral en tiempo máximo de tres minutos, también al día, no acumulables por cada canal incluido en su oferta total de canales.
En cuanto a la difusión de campaña electoral en los medios radiofónicos nacionales y regionales, el tiempo máximo será de cuatro minutos al día no acumulables por cada prestador. En el caso de los periódicos de circulación nacional, regional y local, cada candidato dispondrá de un espacio máximo de media página para el tamaño estándar y una página diaria para los tabloides, no acumulable.
De igual forma, los aspirantes a alcaldes podrán realizar difusión de propaganda electoral a través de los operadores de telecomunicaciones que ofrezcan mensajería de texto, con un máximo de tres mensajes de texto semanales, no acumulables. Queda prohibida la contratación y difusión de propaganda electoral a través de redes de telefonía fija o móvil distinta a la mensajería de texto. Se prohíbe también la contratación, publicación y difusión de propaganda de contenido político y/o electoral por parte de personas distintas o no autorizadas, conforme a la ley y a la referida normativa.