emergenciaEste viernes fue publicado en Gaceta Oficial un decreto de Emergencia Económica para atender la crisis; sin embargo, los venezolanos dudan de las capacidades del Presidente.

Horas antes de que el presidente Nicolás Maduro presentara la Memoria y Cuenta al país, fue decretado Estado de Emergencia Económica,  para establecer medidas que permitan solucionar la crisis económica, sin embargo los venezolanos consultados no tienen mayores expectativas al respecto.

El decreto 2184 le otorga al jefe de Estado plenos poderes para legislar en esa materia durante 60 días. Sin embargo se lo presentó a la Asamblea Nacional para que sea debatido, durante un máximo de 8 días.

 

La Sra. Laura González, vendedora de café en el centro de Caracas, recordó que el primer mandatario nacional tuvo poderes habilitantes hasta el 31 de diciembre de 2015 y «no hizo nada».

Otros temen que se restrinjan aún más las libertades económicas en el país.

«Ellos quieren tener todo el poder y al final no hacen nada. Ya tenemos más de dos años en esto», dijo una señora en una cola para comprar champú a escasos metros del Palacio Federal Legislativo.

Sin embargo, también hay quienes aprueban el decreto. «Nosotros somos chavistas y vamos a apoyar a Maduro así sea hasta con la muerte», dijo un joven en La Hoyada con una pancarta en saludo al jefe de Estado, quien presentaba en la Asamblea Nacional su memoria y cuenta correspondiente al año 2015.

En términos prácticos, los venezolanos consultados en la calle exigen que se tomen medidas para acabar con la escasez de alimentos y productos básicos, que terminen las regulaciones de compra y se eliminen las largas colas.

El decreto de Emergencia Económica

El decreto conformado por 10 artículos le otorgan poderes especiales al presidente Nicolás Maduro para legislar en materia económica.

En el artículo 2 se establece lo siguiente:

1.- Se podrá  disponer de los recursos provenientes de las partidas presupuestarias del ejercicio económico financiero 2015.

2.- Asignar recursos extraordinarios a proyectos previstos o no, en la Ley de Presupuestos a los entes públicos.

3.- Diseñar e implementar medidas especiales de aplicación inmediata para la reducción de la evasión fiscal.

4.- Dispensar de las modalidades de requisitos propios de contrataciones públicas a los órganos y entre contratantes en determinados sectores para agilizar las compras que se necesiten de urgencia.

5.- Disponer de los trámites, procedimientos y requisitos para la importación y nacionalización de mercancía en cumplimento con los requerimientos fitosanitarios pertinentes.

6.- Implementar medidas para agilizar el tránsito de mercancía por puertos y aeropuertos de todo el país.

7.- Dispensar de los trámites cambiarios establecidos por el Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) y el Banco Central de Venezuela (BCV) a entes tanto públicos como privados, a los fines de agilizar la importación.

8.- Requerir a empresas públicas y privadas el incremento de su producción.

9.- Adoptar las medidas necesarias para asegurar el acceso oportuno a medicinas, alimentos y demás bienes de primera necesidad.

10.- Adoptar las medidas necesarias para estimular la inversión extranjera en beneficio del desarrollo del aparato productivo nacional.

11.- Desarrollar, fortalecer y proteger el sistema de grandes misiones socialistas.