La Constituyente de Venezuela de 1999 pasó por un proceso que hoy no es cumplido ni respeta la Constitución vigente.
¿De qué trata la Constituyente de Venezuela convocada por el presidente Nicolás Maduro y en qué se diferencia a la del expresidente Hugo Chávez en 1999? En principio en las condiciones y en la forma en que se está realizando el proceso, con vicios inconstitucionales según ha denunciado hasta el rector del Consejo Nacional Electoral (CNE), Luis Emilio Rondón.
La Constituyente de Venezuela de 1999, propuesta por Chávez, tuvo como fin redactar una nueva Constitución y derogar la de 1961. Para ello, primero se realizó un referéndum en abril de ese año, para consultar a la población si quería o no ir a dicho proceso, resultando aprobado con 88% de los votos. Luego, en julio se realizaron las elecciones de los constituyentistas, 131 en total, de los cuales tres estaban reservados para delegados indígenas.
Finalmente, se aprobó la nueva Constitución en diciembre de 1999, renovándose la presidencia y Asamblea Nacional con nuevos comicios en julio del 2000, bajo las normas de la nueva Carta Magna.
La Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela de 1999 no fue del todo regular, pues de los mil 171 candidatos a constituyentista, por lo menos 900 eran opositores a Chávez. El oficialismo ganó el 52% de los puestos, pero a través de lo que llamaron el “Kino”, se estableció una fórmula para la distribución de escaños, dejando al sector oficial con 125 de los 131 puestos disponibles (95%).
La nueva Constitución
El resultado de la Constituyente de 1999 fue una nueva Constitución, con más del 80% de apoyo, cambiando el período presidencial de cinco a seis años. También incluyó la posibilidad de realizar referéndum revocatorio a funcionarios electos por voto popular.
La legislatura bicameral, conformada por un Congreso y un Senado, y la Cámara de Diputados fue convertida en lo que hoy es la Asamblea Nacional. Asimismo, de República de Venezuela se renombró a República Bolivariana de Venezuela.
Tanto el presidente Chávez como sus seguidores y los que hoy están en el Gobierno, defendieron la nueva Constitución como la mejor del mundo. Aun siendo máxima instancia legal, las denuncias sobre su violación no cesan, más ahora con la convocatoria esta nueva Constituyente de Venezuela que cambiaría la creada y defendida por su líder, Chávez.
Constituyente de Venezuela con Maduro
Maduro se sustenta en el artículo 347 de la Carta Magna, el cual establece que: «el pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución».
El artículo 348 le da la facultad para convocarla, y ya tiene el visto bueno de la presidenta del CNE, Tibisay Lucena.
Hasta ahora lo que se conoce es lo que ha dicho Maduro, contará con 500 miembros, elegidos por ámbitos sectoriales y territoriales, bajo recoría del CNE, a través de voto universal, directo y secreto.
Plantea constitucionalizar las misiones sociales y ampliar el sistema de justicia, para “erradicar impunidad de los delitos”, y entre otras cosas “los delitos contra la Patria y la sociedad, tales como la corrupción, el contrabando de extracción, la especulación, el terrorismo, el narcotráfico, la promoción del odio social y la injerencia extranjera”, sobre los cuales el Gobierno ha acusado a la oposición.
Asimismo, constitucionalizaría las comunas, Consejos Comunales y consejos de trabajadores.
Respuesta de Rondón
El rector Luis Emilio Rondón exigió al directorio del CNE devolver al presidente, como promotor de la iniciativa para activar una Asamblea Nacional Constituyente, la propuesta presentada por considerar que tiene visos de inconstitucionalidad.
“El presidente no está facultado por la Carta Magna para convocar una Constituyente, el único que puede hacerlo es el Pueblo, depositario según la Constitución del Poder Originario. El Ejecutivo puede promover la iniciativa, pero los ciudadanos deben ser consultados obligatoriamente para activar este mecanismo, por lo que el decreto es contrario a la Constitución cuando habla de convocar la ANC”, señaló.
Agregó que el artículo 2 del decreto, que señala que los miembros serán elegidos en ámbitos sectoriales y territoriales, “violenta directamente el artículo 63 de la Constitución que establece el principio de la universalidad del voto y el Pueblo debe ser consultado”.